• Dolar aduanero : $971,29
  • U.T.M : $66.628

Requisito para la exportación de obras de arte.

La salida del territorio nacional de obras de artistas chilenos o extranjeros deberá ser autorizada previamente por la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. 

Si la salida de dichas obras lesiona el patrimonio artístico nacional, le corresponderá a dicha Dirección determinar la forma de garantizar su retorno y señalar el plazo en que éste debe realizarse, el que no podrá exceder de dos años (artículo 2º). 

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